¿Qué debo tener en cuenta frente a la suspensión provisional del aumento del salario mínimo 2026?
Se debe tener en cuenta que es una medida cautelar provisional expedida por el Consejo de Estado en el
marco del proceso judicial en el que debe decidir si el porcentaje de aumento del 23% es legal o no.
¿Qué le ordena el Consejo de Estado al Gobierno?
Expedir un decreto transitorio que fije temporalmente el porcentaje de aumento del salario mínimo 2026,
según los criterios legales y económicos, el cual aplicará hasta que el Consejo de Estado emita una sentencia.
¿Cuáles son los criterios económicos?
El auto del Consejo de Estado señala: “Meta de inflación fijada por la Junta Directiva del Banco de la República para el año 2026; productividad acordada por el Comité Tripartito de Productividad que Coordina el Ministerio del Trabajo, en este caso, correspondiente a las cifras oficiales certificadas por el DANE; contribución de lo salarios al ingreso nacional en la vigencia 2025; incremento del producto interno bruto del año 2025; inflación real del año 2025 según el índice de precios al consumidor, calculada desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2025; la especial protección del trabajo; la necesidad de mantener una remuneración mínima, vital y móvil; la función social de la empresa; y los objetivos constitucionales de la dirección de la economía a cargo del Estado.”
Estos están fijados por el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo
jurisprudencial.
¿Qué debo hacer mientras tanto?
Mantener el pago del salario mínimo de $1.750.905 y del mínimo integral de $22.761.765 hasta que el
gobierno expida el decreto transitorio, lo cual debe hacer antes del 21 de febrero de 2026.
¿El decreto transitorio disminuirá el porcentaje del aumento del salario?
No necesariamente, pues lo que exige el Consejo de Estado es que el Gobierno fundamente, de acuerdo con
los criterios legales y económicos definidos, el porcentaje elegido.
¿Qué pasa si el Gobierno no emite el decreto transitorio antes del 21 de febrero o, si de plano, se
rehúsa a hacerlo?
Mantener el pago del salario mínimo de $1.750.905 y del mínimo integral de $22.761.765 hasta que sea
expedido o se emita una sentencia de fondo.
¿Qué pasa con el auxilio de transporte?
No se ve afectado por lo que se mantiene en el valor de $249.095. La medida cautelar solo aplica para el
decreto 1469 que definió el salario mínimo y no para el decreto 1470 de 2025 definió el auxilio de transporte.

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ABC PARA EMPLEADORESSUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL AUMENTO DEL SMLMV 2026
¿Qué debo tener en cuenta frente a la suspensión provisional del aumento del salario mínimo

